- Organismo inspectivo realizó 311 fiscalizaciones en 14 regiones del país para asegurar que conductores iniciaran los recorridos con los descansos previos cumplidos, garantizando así viajes más seguros.
La Dirección del Trabajo (DT) aplicó un total de 114 multas y suspendió a seis conductores de buses interurbanos de pasajeros durante la fiscalización realizada entre el viernes 13 y el miércoles 18 de septiembre en 14 regiones del país.
El programa inspectivo consistió en fiscalizar el cumplimiento de las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de estos buses debido al aumento de viajes en este fin de semana largo de Fiestas Patrias.
El director del Trabajo, Pablo Zenteno, informó que «la aplicación de 114 multas de un total de 311 fiscalizaciones realizadas entre el viernes 13 y hoy miércoles 18, en las que también suspendimos a seis conductores, demuestra la necesidad de que la Dirección del Trabajo siga realizando estas inspecciones, sobre todo en los fines de semana largos, porque hay empresas de buses interurbanos de pasajeros que continúan incumpliendo las normas de conducción y descansos legales, obligando a sus conductores a manejar en las carreteras sin haber descansado lo suficiente».
El programa inspectivo se aplicó a 311 buses entre Arica y Parinacota y Los Lagos y terminó del siguiente modo: Arica y Parinacota (12 multas), Tarapacá (8), Antofagasta (2) , Atacama (8), Coquimbo (10), Valparaíso (6), O’Higgins (6), Maule (22), Ñuble (0), Biobío (3 y 1 tripulante suspendido), La Araucanía (4), Los Ríos (9 y 4 tripulantes suspendidos), Los Lagos (10 y 1 tripulante suspendido) y Metropolitana (14).
Las 114 multas cursadas significaron un monto de $269.429.720, equivalentes a 4.060 UTM, cuyo valor en septiembre es de $66.362.
En estas fiscalizaciones la DT puede aplicar multas o hasta suspender a las tripulaciones o a parte de ellas si se comprueba de los comprobantes impresos que no se ha cumplido con los descansos previos, o incluso si de la toma de declaraciones a choferes y auxiliares surgen indicios de aquella infracción.
En los casos de tripulantes suspendidos durante esta fiscalización las empresas debieron reemplazarlos por otros que estaban en regla para que los buses pudieran iniciar sus trayectos.
MATERIAS FISCALIZABLES
Las materias fiscalizadas fueron:
- Instalación y funcionamiento del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
- Funcionamiento correcto del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
- Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
- Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
- Descanso semanal compensatorio.
- Cumplimiento correcto de autorizaciones de jornadas excepcionales de trabajo y descanso.
SUSPENSIÓN DE TRIPULANTES
Los fiscalizadores pueden suspender a tripulantes (choferes y auxiliares) en los siguientes casos:
No está instalado en el bus el dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
El dispositivo está instalado, pero sin funcionamiento y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
El dispositivo está en funcionamiento, pero el reporte impreso no arroja toda la información necesaria y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
Los tripulantes en infracción deben dejar sus turnos de inmediato. Los buses que ellos se disponían a conducir solo pueden iniciar sus viajes si las empresas reemplazan a los trabajadores suspendidos por otros que sí han cumplido previamente los descansos legales.
