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[NOTIFICACIÓN] Juzgado de Policía Local de Los Andes: Querella y demanda civil – ROL CD 1-24 A «Menéndez con Inmobiliaria Andina SpA»

Fecha de publicación: 08 de diciembre de 2024, por disposición del Código de Procedimiento Civil, Título VI (de las notificaciones), Art. 54 (57).

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NOTIFICACIÓN POR AVISOS

Juzgado de Policía Local de Los Andes, causa ROL CD 1-24 A, caratulado “MENÉNDEZ con INMOBILIARIA ANDINA SPA”, por resolución de fecha 22 de octubre de 2024, se ordenó notificar por avisos la querella y demanda civil deducida por don Nelson Gaspar Menéndez Sánchez, empleado, C.I. 12.080.135-K, domiciliado en calle Héctor González N° 1984, Villa El Horizonte, comuna y provincia de Los Andes; en contra de Inmobiliaria Andina Spa. RUT 76.410.364-5, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por doña Jessica Judith Hernández Carvajal, C.I. 10.363.010-K, técnico en turismo, ambos domiciliados para estos efectos en Plaza Vergara N° 172, comuna de Viña del Mar. Con fecha 17 de enero de 2024, fojas 1 y siguientes, rola libelo al siguiente tenor: En lo principal, el querellante Nelson Gaspar Menéndez Sánchez deduce querella infraccional en contra de Inmobiliaria Andina Spa. indica que con fecha 1 de marzo de 2023, en la Notaría de don Francisco Fuenzalida de la ciudad de Viña del Mar, se suscribió entre éste e Inmobiliaria Andina Spa., un contrato de promesa de compraventa de inmueble, sobre la propiedad correspondiente al Departamento E-4 del Segundo Piso del Edificio Quinta de Viña del Mar, ubicado en calle Arlegui, N°s 573 al 585. Según se indicó en el respectivo contrato, el título de dominio del referido edificio a nombre de la inmobiliaria rola inscrito a Fs. 9.084vta N° 10.594 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al año 2015, rol de avalúo N° 632-19 de Viña del Mar. Relata que a raíz de la no entrega oportuna, por parte de la querellada, de la documentación necesaria al banco que financiaría la compra, se frustró el contrato prometido, entregando posteriormente los argumentos de derecho para fundar la competencia del tribunal y la infracción a las obligaciones que le asistirían a la querellada como proveedor, solicitando se le condene al pago del máximo de las multas que establece la ley, con costas. En el primer otrosí, el demandante Nelson Gaspar Menéndez Sánchez deduce demanda civil en contra a de la demandada Inmobiliaria Andina Spa., remitiéndose a los argumentos de hecho indicados en la querella infraccional y entregando los argumentos de derecho para fundar la responsabilidad civil, solicitando en definitiva se condene a la demandada a pagarle: a) $2.000.000 por concepto de daño emergente; b) $5.000.000 por concepto de daño moral; c) $5.000.000 por concepto de pena establecida en el contrato y; en subisidio para el caso de rechazarse o estimarse improcedente la indemnización conjunta de todas las sumas indicadas previamente; se declare la resolución del contrato y se condene a la demandada a pagar al demandante únicamente la suma de $5.000.000 por concepto de pena establecida en el contrato; en cualquier caso solicitando que las sumas que se condene a pagar a la demandada deberán ser enteradas con reajustes e intereses y que se condena a la demandada al pago de las costas de la causa. En el segundo otrosí, acompaña documento y acredita personería. En el segundo otrosí, patrocinio y poder. En el tercer otrosí, forma de notificación. Por resolución de fecha 19 de enero de 2024, fojas 18, el tribunal resuelve: A lo principal y primer otrosí, téngase por interpuestas la querella y demanda civil, pónganse en conocimiento de la querellada y demandada civil,  y vengan las partes a comparendo con sus medios de prueba a la audiencia del día primero de abril próximo a las diez horas; al segundo otrosí, téngase por acompañado el documento en la forma solicitada; al tercer otrosí: téngase presente y, al cuarto otrosí: como se pide, notifíquese por el correo señalado. A fojas 38 rola escrito de fecha 14 de octubre de 2024 en el que consta solicitud de notificación por avisos, atendido que las diligencias de notificación a la querellada y demandada en los domicilios aportados por el demandante e instituciones públicas han resultado negativos, proponiendo publicar 3 avisos en el diario de circulación regional “La Quinta”. A fojas 38 vuelta rola resolución de fecha 22 de octubre de 2024 que provee al escrito que antecede: Como se pide. Con fecha 29 de octubre de 2024 se presenta solicitud de nuevo día y hora por la parte querellante y demandante civil. Con fecha 30 de octubre de 2024 se dicta resolución que provee: Proveyendo sobre la presentación que antecede, como se pide, fíjase como nuevo día y hora para la celebración del comparendo en esta causa, la audiencia del día 20 de diciembre próximo a las diez horas y treinta minutos.

SECRETARIA

 

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