Esta semana se confirmó la sentencia definitiva de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que obliga a DUOC UC indemnizar a dos trabajadores que habían sido despedidos en represalia por acciones judiciales interpuestas en contra de la institución católica.
Cabe recordar que según la legislación «se entienden lesionados o vulnerados los derechos fundamentales cuando el empleador o quien lo representa, realiza actos o adopta medidas que limitan el pleno ejercicio de los derechos fundamentales del trabajador sin justificación suficiente, en forma arbitraria o desproporcionada, o sin respeto a su contenido esencial».
Este hecho crea un precedente importante para la Educación Superior, pues dentro de los efectos sancionatorios que existen para las empresas que infringen este derecho está la incorporación del infractor en el registro nacional de empresas que vulneran derechos fundamentales, y la exclusión para acudir a licitaciones con empresas del Estado. En otras palabras, el DUOC podría no sólo quedar manchado en su historial de vida, sino también comprometer su adscripción a la gratuidad.
