·El domingo 29 de junio se realizarán las Primarias Presidenciales. El voto es voluntario en Chile y en el exterior. Podrán sufragar personas independientes o quienes forman parte de un partido político que pactó para primarias.
El próximo domingo 29 de junio se celebrarán las Primarias Presidenciales en las que participarán las colectividades de “Unidad por Chile”, que incluyen al Partido Socialista, Frente Amplio, Partido Liberal, Federación Regionalista Verde Social, Partido por la Democracia, Partido Radical, Partido Comunista y Partido Acción Humanista. 
En estas primarias habrá una sola cédula electoral con los nombres de las siguientes candidaturas: Gonzalo Winter Etcheberry (FA), Jeannette Jara Román (PC), Carolina Tohá Morales (PPD) y Jaime Mulet Martínez (FRVS).
¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR?
Solo podrán participar en las primarias personas afiliadas a alguno de estos partidos políticos o personas independientes que no estén afiliadas a ningún partido político. Se trata, por tanto, de un voto voluntario.
El sábado 28 de junio finaliza el trámite para solicitar el cambio de domicilio electoral. Realiza el cambio en http://servel.cl con Clave Única o de forma presencial en Direcciones Regiones u oficinas de @ChileAtiende.
VOCALES DE MESA
El 7 de junio se publicaron las nóminas de vocales de las mesas receptoras de sufragios en Chile y en el exterior. Para consultar si fue designado o designada vocal de mesa por las Juntas Electorales, ingrese a: http://consulta.servel.cl.
La asistencia de vocales de mesa el día de las primarias es obligatoria. No cumplir con el rol de vocal de mesa puede implicar una multa de entre 2 a 8 UTM ($137.000 a $549.000 aprox.), además de afectar el desarrollo normal de la votación.
Las y los vocales de mesa que participen ejerciendo su función el día de la elección recibirán un bono equivalente a 2/3 UF.
El plazo para presentar excusas de forma presencial o a través de correo electrónico vence el 11 de junio.
El artículo 49 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, establece que pueden excusarse de ser vocal de mesa:
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante a más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N°18.700, o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Personas gestantes durante todo el periodo de embarazo.
- Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
- Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras de sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
¿HABRÁ LEY SECA?
No existe prohibición para la venta de alcohol antes, durante ni después de la elección.
¿ES FERIADO?
- Es feriado irrenunciable para trabajadores de establecimientos que se encuentren dentro de un centro o complejo comercial administrado por una misma razón social (malls, strip center, galerías, entre otros), los que no podrán funcionar. Su feriado debe iniciar a las 21:00 horas del día sábado 28 y terminar a las 06:00 horas del día lunes 30 de junio.
- ¿El comercio puede funcionar? Sí, mientras no esté dentro de un mall, strip center, galería u otro centro o complejo comercial administrado bajo una misma razón social.
- ¿De cuánto tiempo disponen esos trabajadores para votar? Todo trabajador que ese día deba cumplir sus labores podrá contar con un permiso de al menos tres horas, sin descuento de sus remuneraciones para ir a sufragar.
- Quienes incumplan las obligaciones relacionadas a las votaciones podrán sufrir multas que van entre las 3 y 60 UTM por infracción ($205.944 a $4.118.880) y dependiendo del tamaño de la empresa y la gravedad de la falta:
– No otorgar un permiso de tres horas para sufragar a aquellos trabajadores que deban laborar ese día. De constatarse infracción, la multa será por cada trabajador a quién no se haya otorgado permiso.
– No otorgar permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.
– No otorgar el descanso o feriado correspondiente a los trabajadores de centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social (malls o strip centers) el día domingo. Cabe señalar que la Dirección del Trabajo se ha pronunciado anteriormente, en relación a que los trabajadores de este tipo de establecimientos no pueden ser trasladados a otros centros de las mismas cadenas que sí puedan funcionar.
PROPAGANDA ELECTORAL
El viernes 30 de mayo se inició el período de propaganda electoral por medio de prensa, radioemisoras, plataformas digitales y redes sociales; por activistas o brigadistas en la vía pública; en los lugares calificados como plazas, parques u otros lugares públicos autorizados por el SERVEL, y en espacios privados, mediante carteles, afiches o letreros, con autorización del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble.
A las 24:00 horas del viernes, 26 de junio finaliza todo tipo de propaganda e información electoral de utilidad para la ciudadanía.
Si detecta que alguien ha cometido una presunta infracción a las leyes electorales o de los partidos políticos, puede presentar una denuncia en línea. Al hacerlo, estará proporcionando información al Servicio Electoral sobre un eventual incumplimiento de las normativas legales.
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