Notificaciones

[NOTIFICACION] Juzgado de Familia de Viña del Mar: Rebaja de pensión de alimentos «Olate con Alvarado»

Fecha de publicación: 28 de julio de 2022, por disposición del Código de Procedimiento Civil, Título VI (de las notificaciones), Art. 54 (57).

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En el Juzgado de Familia de Viña del Mar, RIT C-1039-2022, caratulado “OLATE CON ALVARADO” se ordenó con fecha 13 de julio de 2022, notificar por aviso extractado la demanda y su proveído a doña Lidia Ester Alvarado Díaz, chilena, topógrafa, RUT 12.639.511-6, domicilio desconocido. En lo principal: JOHNNY ANTONIO OLATE FUENTES, técnico en construcción, Rut 9.282.254-0, Los Nardos 20 Linares deduce demanda de rebaja de la pensión de alimentos, en contra de LIDIA ALVARADO DIAZ, RUT 12.639.511-6, por los alimentos que se otorgan a favor de CATALINA OLATE ALVARADO y ANTONIA OLATE ALVARADO. Los alimentos se encuentran fijados en autos ROL C-1671-2018, del Juzgado de Familia de Viña del Mar, a 127% de 1 IMM para Antonia Olate Alvarado y de 60% 1 IMM para Catalina Olate Alvarado. Que las circunstancias que se tuvieron en vista para haber decretado el régimen mencionado han variado sustancialmente al día de hoy, en la actualidad, no cuenta con una situación económica que le permita dar fiel cumplimiento al pago. Mantener el monto que paga actualmente es imposible, por lo que obtener la rebaja de la pensión de alimentos es indispensable para poder seguir cumpliendo con sus hijas. Considerando la actual situación en que se encuentra, las condiciones futuras en atención a su edad y en especial al desgaste en salud que ha sido progresivo hechios que serán probadas en la instancia procesal correspondiente, propone rebajar las pensiones de alimentos a 3 UTM para cada una de sus hijas lo que se encuentra cabalmente legitimado en los hechos y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 inciso 4 y demás disposiciones pertinentes. PRIMER OTROSI: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSI : Solicita rebaja provisoria; TERCER OTROSI: acompaña mandato judicial CUARTO OTROSI: señala correo electrónico: icsg.abogada@gmail.com.Resolución tribunal: Viña del Mar, veintiséis de mayo de dos mil veintidós. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de rebaja de alimentos, Traslado. Al primer otrosí: Téngase presente los documentos, sin perjuicio de su ofrecimiento en su etapa procesal. Al segundo otrosí: Previo a resolver, traslado. Al tercer otrosí: Téngase presente el patrocinio y poder conferido. Al cuarto otrosí: Como se pide. Resolución del tribunal: Viña del Mar, trece de julio de dos mil veintidós. Vengan las partes a la audiencia preparatoria el día 12 de septiembre de 2022 a las 08:30 horas. SALA D https://zoom.us/j/6886908116? pwd=UVp4akdaZlZTY25CQTNvejE0Tlhhdz09888504 Notifíquese a la parte demandante vía correo electrónico, procédase a la notificación de la parte demandada, mediante tres avisos publicados en un diario o periódico de la provincia de Valparaíso, pase a la Jefa de Unidad de Causas para proceder a la confección de extracto por la Ministro de Fe del Tribunal, en los términos señalados por el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, asimismo, siendo esta la primera notificación al demandado, insértese en el Diario Oficial, en los días 1° o 15 del mes respectivo. Viña del Mar, veinte de julio de dos mil veintidós.
Dora Smirnoff Schapira, Ministro de Fe.

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