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[NOTIFICACION] Juzgado de Letras y Garantía de Quintero: Divorcio unilateral por cese de convivencia “García/Muñoz”

Fecha de publicación: 19 de junio de 2023, por disposición del Código de Procedimiento Civil, Título VI (de las notificaciones), Art. 54 (57).

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Juzgado de Letras y Garantía de Quintero, en causa ROL C-356-2021, carátula “GARCÍA/MUÑOZ”, con fecha 09 de mayo de 2023, se dicta sentencia definitiva. El Tribunal resuelve: I.- Que se acoge la demanda de divorcio unilateral por cese de la convivencia interpuesta, por doña MARGARITA BEATRIZ GARCÍA SALVATIERRA, Run N° 18.859.199-K, en contra de don FRANCISCO JESÚS MUÑOZ CÉSPEDES, Run N° 13.334.102-1 y se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 24 Septiembre 2004, inscrito bajo el N° 252 del año 2004, en la Circunscripción de Quinta Normal. II.- Debiendo en su oportunidad, ejecutoriada la presente sentencia, efectuarse la subinscripción respectiva por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile de la circunscripción correspondiente. Ofíciese en su oportunidad. III.- Que se acoge la demanda de compensación económica interpuesta, por doña MARGARITA BEATRIZ GARCÍA SALVATIERRA, Run N° 18.859.199-K, en contra de don FRANCISCO JESÚS MUÑOZ CÉSPEDES, Run N° 13.334.102-1, quedando obligado este último al pago de la suma total de $ 6.000.000 (seis millones de pesos) pagaderos en 6 (seis) parcialidades mensuales, iguales y sucesivas, reajustables de conformidad a lo dispuesto en el artículo 65 N° 1 de la Ley de Matrimonio Civil, debiendo iniciarse el pago de las primera de esta cuota dentro del término máximo de 30 días de ejecutoriada la sentencia. IV.- Que se acoge la demanda de alimentos menores, interpuesta por doña MARGARITA BEATRIZ GARCÍA SALVATIERRA, Run N° 18.859.199-K, en contra de don FRANCISCO JESÚS MUÑOZ CÉSPEDES, Run N° 13.334.102-1 y se declara que este último debe pagar por conceptos de alimentos a la actora mensualmente, dentro de los primeros 5 días de cada mes, partiendo por el mes siguiente al que quede ejecutoriada la presente sentencia, la suma de $350.000 equivalente a 5,549 UTM. V.- Teniendo consideración el estado procesal de la causa, notifíquese por avisos al demandado don FRANCISCO JESÚS MUÑOZ CÉSPEDES, Run N° 13.334.102-1 quedando a cargo del ministro de fe de efectuar, el respectivo extracto de la presente sentencia. VI.- Que, cada parte soportará sus costas.- VII.- Aperturese causa de cumplimiento de alimentos (Z), debiendo incorporar nomenclaturas correspondientes. Dirigió la audiencia y resolvió, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Quintero.

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