• Desde la Alcaldía porteña mostraron conformidad con el dictamen.
Tras un segundo recurso de protección interpuesto en junio por la exdirectora de la Dirección de Desarrollo Comunal (DIDECO), Romina Maragaño, finalmente la Corte de Apelaciones no dio lugar a dicho requerimiento argumentando que “el sustento jurídico en que se funda la presente acción no existe, debiendo rechazarse por no ser efectiva la omisión denunciada”.
En dicho recurso, Maragaño exigía un pronunciamiento por parte del Municipio en relación a la prescripción de su responsabilidad en irregularidades vinculadas a la administración de recintos deportivos de Valparaíso.
Nicolás Guzmán, director de Asesoría Jurídica de la Alcaldía porteña, se mostró conforme con la decisión, comentando que “valoramos que la Corte haya acogido la argumentación municipal, la cual razonaba sobre la ausencia de vulneración de garantías fundamentales. En consecuencia, no tenían asidero las afirmaciones de la recurrente en orden a que el Municipio no se había pronunciado sobre la prescripción del procedimiento disciplinario, cuestión que efectivamente sí había ocurrido. Así, el actuar municipal se ajustó completamente a derecho, cuestión que fue confirmada por los sentenciadores”.
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